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Ley Anti Lavado de Dinero (LFPIORPI)

La LEY FEDERAL PARA LA PREVENCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA, mejor conocida como Ley Anti Lavado de dinero. Esta Ley surgió en Octubre del 2012 y entro en vigor en Septiembre del 2013.

El objetivo de esta ley es es proteger el sistema financiero y la economía nacional, estableciendo medidas y procedimientos para prevenir y detectar actos u operaciones que involucren recursos de procedencia ilícita.

Para esto la ley contempla las actividades que se consideran vulnerables de dichas actividades ilegales:

Como mencionamos anteriormente, esta ley busca proteger el sistema financiero y la economía del país, por lo tanto la autoridad busca por medio de los contribuyentes que realizan estas operaciones que se identifiquen a sus clientes antes de realizar operaciones con estos para verificar que los recursos con los que va a realizar la operación provienen de fuentes licitas.

El reglamento de esta ley especifica cuales son las obligaciones de los contribuyentes, las cuales se mencionan:

•Identificar a clientes y usuarios.

•Solicitar información sobre las actividades u operaciones del cliente.

[endif]

•Solicitar documentación.

[endif]

•Guardar y conservar la información por 5 años

[endif]

•Visitas de verificación

[endif]

•Presentar aviso en los plazos con los formatos oficiales

Se debe de cumplir y conservar la documentación soporte ya que si no se hace de este modo, la ley marca multas para los contribuyentes, que son las siguientes:

Considerando que actualmente la UMA se encuentra en $86.88 MXN, podemos deducir que la multa mas económica es de $17,376 MXN y la mas alta es de $5,647,200 MXN.

Dichas multas son por operación realizada es decir, si en un mes rentaste 3 bienes inmuebles (casas, departamentos, locales, etc), no presentaste el aviso, no guardaste la información de los 3 clientes y te llego una visita de verificación, (imaginando que multaran con el mínimo) la autoridad te cobraría 200 UMA's por cada cliente que no cuentas con la información, 200 UMA's por no presentar el aviso en tiempo, 10,000 UMA's por omisión del aviso y si aparte no cuentas con un manual de políticas y procedimientos para hacer frente a esta ley en tu negocio serian 200 UMA's mas, dando una suma de:

Clientes sin documentación soporte (3) = 600 UMA's

Presentación extemporánea = 200 UMA's

Omisión de la presentación = 10,000 UMA's

No tener manual de políticas y proced. = 200 UMA's

Total = 11,000 UMA's = $955,680 MXN

Y si en el siguiente mes se vuelve a omitir todo lo que ya se multo, el contribuyente otra vez es susceptible a las mismas multas.

¿Que hago si realizo operaciones vulnerables?

Lo primero que se debe de realizar es el Manual de procedimientos y políticas, ya que esto dará estructura y forma a la manera en que opera tu negocio, ayudándote a cumplir con cada aspecto de esta Ley. Si no sabes como realizar este manual o tienes dudas de como llevarlo a cabo, lo recomendable es acercarte con un profesional para que te asesore en este proceso.

Una vez que se tenga el Manual, lo recomendable es presentar todos los avisos que se tengan pendientes, hay que recordar que esta Ley entro en vigor en el 2013 y desde esta fecha se debió de empezar a presentar los avisos correspondientes, si se tenían este tipo de operaciones desde entonces.

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